La Corte Suprema argentina declara inconstitucionales las leyes de amnistía
La decisión permitirá seguir adelante con numerosos procesos judiciales por delitos de lesa humanidad y violaciones de los derechos humanos
AGENCIAS - Buenos Aires
El Tribunal Supremo de Argentina ha declarado esta tarde inconstitucionales las leyes de impunidad promulgadas en la década de los 80 por el primer gobierno democrático del país y que ya fueron anuladas por el Parlamento en 2003. Se trata de dos normas, conocidas como Punto Final y Obediencia Debida, que impidieron el procesamiento de centenares de implicados en la represión política entre los años 1976 y 1983, durante la dictadura militar. La Corte Suprema ha alcanzado este el fallo, toda una victoria para las víctimas de la dictadura, con el voto favorable de siete de sus nueve miembros, mientras que uno (Carlos Fayt)ha votado en contra de la resolución y el último (Augusto Belluscio) se ha abstenido porque presentó su renuncia al alto tribunal, que se hará efectiva en septiembre.
Las leyes de impunidad o amnistía fueron promulgadas en 1986 (la de Punto Final, que ponía límite temporal al procesamiento de acusados de crímenes durante la dictadura) y 1987 (Obediencia Debida, que consagró la teoría de que los oficiales de rango inferior y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de seguridad actuaron en la represión ilegal forzados por los mandos superiores) por el Gobierno del entonces presidente Raúl Alfonsín, del Partido Radical. Con su aprobación, que supuso el cierre de cientos de juicios contra represores, Alfonsín pretendía calmar la rebelión militar en protesta a las citaciones judiciales de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas. Ahora, gracias a la decisión tomada por la máxima instancia judicial del país de invalidar estas leyes, se podrá continuar con numerosos procesos judiciales, que estaban congelados, por delitos de lesa humanidad y violaciones de los derechos humanos perpetrados durante el régimen militar.
El tribunal supremo ha adotado la medida después de analizar durante más de tres años el caso de la desaparición, en 1978, de un matrimonio formado por el chileno José Poblete y la argentina Gertrudis Hlaczik y la apropiación de su hija, desde entonces desaparecida. En cualquier caso, la resolución va más allá de este caso concreto y sienta un precedente que abre la posibilidad de que un número indeterminado de miembros de las Fuerzas Armadas -entre 1.000 y 1.500, según las fuentes, de los cuales un 10% permanece en activo- que participaron en la represión pueden volver a ser citados a declarar ante la justicia y quedar detenidos por su implicación en la desaparición de personas, torturas y otros delitos de lesa humanidad cometidos durante el último régimen militar.
Inquietud en las Fuerzas Armadas
Antes de este fallo histórico, la Corte convalidó una serie de fallos de instancias judiciales inferiores que, a partir de marzo de 2001, cuestionaron la validez de las leyes del perdón, que habían sido aprobadas por el Parlamento en la década de los 80 bajo presión militar. Además, las principales causas por delitos de lesa humanidad fueron reabiertas por la justicia después de que, en agosto de 2003 y poco después de la llegada al poder del peronista Néstor Kirchner, el Parlamento anulara las normas de Punto Final y Obediencia Debida. En la misma linea, Kirchner derogó en julio de ese año el decreto que impedía la extradición a terceros países de represores de la dictadura.
La nulidad parlamentaria de las leyes de impunidad permitió la reapertura de las megacausas sobre los crímenes cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y el Primer Cuerpo de Ejército, pero la resolución de la Corte Suprema era indispensable para que todas las causas vinculadas al terrorismo de Estado avancen y sean elevadas a juicio oral. De los militares y policías que figuran como imputados en esos expedientes "muy pocos siguen en activo", según han señalado portavoces del Ministerio de Defensa.
El titular de la cartera, José Pampuro, ha admitido, horas antes de que se conociera el fallo del Supremo, que "hay inquietud y preocupación" entre los militares involucrados. "Son bastantes los que tendrán que declarar. En las Fuerzas Armadas se sabía que este fallo se iba a dar", ha añadido el ministro. La inconstitucionalidad de las leyes del perdón era una antigua reclamación de las asociaciones de defensa de los derechos humanos, que han celebrado la sentencia por considerar que contribuye a terminar definitivamente con la impunidad en Argentina. Docenas de miembros de grupos de derechos humanos, como las Madres de la Plaza de Mayo, han celebrado la noticia a las puertas del tribunales en Buenos Aires.
Los desaparecidos
A pesar de la amnistía, los ex comandantes que lideraron el plan de represión y exterminio contra opositores políticos fueron juzgados y condenados a prisión perpetua en 1985. Los miembros de las Juntas Militares -y los líderes guerrilleros que actuaron en la década de los 70- se beneficiaron posteriormente de indultos decretados en 1989 y 1990 por el entonces presidente, Carlos Menem.
Sin embargo, muchos de ellos volvieron a las cárceles o fueron puestos bajo arresto domiciliario por su participación en el secuestro de hijos de desaparecidos. En esa condición se encuentran, entre otros, el ex dictador Jorge Videla y el ex marino Alfredo Astiz. Según estimaciones oficiales, en Argentina hubo 18.000 desaparecidos durante la dictadura, cifra que las organizaciones humanitarias elevan a 30.000.
*Fuente : El País, 14 de junio de 2005
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