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Texto de la carta enviada a cada uno de los diputados de todos los grupos parlamentarios, excepto a los del Partido Popular, solicitando que no apoyen la ley de la memoria presentada por el Gobierno.

Madrid y Bruselas, 15 de noviembre de 2006

Estimado Diputado,

Próximamente el Gobierno presentará a debate el "Proyecto de Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura", publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 8 de septiembre de 2006, bajo el núm. 121/000099.

Le escribimos como organizaciones que presentaron los documentos titulados "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas" de fecha 14 de abril de 2004 y "Entre la cobardía moral y la ilegalidad" de fecha 01 de septiembre de 2006.

Estos dos documentos cuentan con el apoyo formal de la práctica totalidad de las organizaciones de víctimas, derechos civiles y derechos humanos que tratan la cuestión de las "víctimas del franquismo". Si así lo deseara, puede consultar las firmas de las asociaciones en la edición on-line de ambos textos, disponible en nuestro sitio documental especializado.

Como Vd. bien sabe, el voto parlamentario en España está relacionado con la postura de los grupos parlamentarios, votándose normalmente en bloque.

Lo que queremos pedirle es que, en este caso, solicite a su grupo parlamentario la libertad de voto.

El motivo de esta solicitud se basa en tres cuestiones que consideramos elementales en un estado de derecho, pero que además son consustanciales a la propia existencia del mismo:

    1) El derecho a la justicia y, en consecuencia, al debido proceso.

    2) La preeminencia del derecho internacional frente al derecho interno, tal cual lo establece la Constitución Española en sus artículos 10.2 y 96.1; consecuencia directa de los mismos es que los tratados internacionales de derechos humanos, así como los pactos europeos en materia de derechos humanos y sus protocolos adicionales, son de aplicación en España y forman parte de su ordenamiento jurídico.

    3) El respeto a las normas del derecho internacional de los derechos humanos, al derecho penal internacional, al derecho europeo y, especialmente, a las normas de derecho internacional aplicables en el caso de crímenes graves, como ha sido expresamente reconocido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su decisión de 17 de enero de 2006 recaída en el caso Kolk y Kislyiy v. Estonia.

Dicha decisión es totalmente concordante con nuestra posición, explicada en forma detallada en el documento "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas" y, por lo tanto, podemos afirmar, sin duda jurídica alguna, que todas las demandas que figuran en el "Plan de acción" del documento mencionado se pueden resolver en el derecho interno y con la cobertura de la actual Constitución.

Este hecho tiene como consecuencia que el proyecto de ley presentado por el Gobierno no se ajusta al derecho internacional tal cual lo entiende el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ni a la normativa internacional vigente en materia de víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario.

Señor Diputado, con su voto a favor de tal proyecto Vd. permitirá que las "víctimas del franquismo" queden fuera de la protección jurídica del estado de derecho.

Y como Vd. bien sabe, aprobar, en conciencia, una norma violatoria del derecho internacional marcará para siempre su responsabilidad moral, legal e histórica, como representante de la voluntad popular.

Esperamos sinceramente que reflexione profundamente sobre esta cuestión que le estamos planteando y no apoye con su voto este proyecto de ley.

Saludamos a Vd. con la consideración que merece.

Gregorio Dionis, Presidente del Equipo Nizkor
Ana Vieitez, Presidenta de AFARIIREP
Dolores Cabra, Secretaria de AGE